<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130131-176</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/01/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Demanda 15 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>26</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2013-01-31-26180120130112</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/01/31/BOCM-20130131-176.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/01/31/BOCM-20130131-176.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/01/31/BOCM-20130131-176.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/01/31/BOCM-20130131-176.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 176 
 Demanda 15 de 2012 
  Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 15 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Simona Dalia Dan, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Mutual Cyclops, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, Tesorería General de la Seguridad Social y “Transportes Spain Luso, Lda,”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que desestimando la demanda formulada por doña Simona Dalia Dan, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Mutual Midat Cyclops”, y “Transportes Spain Luso, Limitada”, debo absolver a los demandados de los pedimentos deducidos en su contra en el escrito de la demanda.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la cuenta corriente número 0030/1846/42/0005001274, en la calle Princesa, número 3, primera planta, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente 2517/0000/64/090111.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Transportes Spain Luso, Lda.”,  en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de diciembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
  (03/727/13)</texto>
</documento>