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    <identificador>BOCM-20130204-122</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/02/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Despidos/ceses en general 1.273 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>29</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO
 
 122 
 Despidos/ceses en general 1.273 de 2012 
  Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Asunto en que se acuerda: juicio número 1.273 de 2012, promovido por don Dalmacio Barba Barba, sobre despido.
  Empresa que se cita: “Ramiro Jaquete, Sociedad Anónima”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.
  Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Ramiro Jaquete, Sociedad Anónima”, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.
  Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, el día 22 de abril de 2013, a las diez y veinte horas.
  Advertencias legales
  1.  Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  2.  Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  3.  Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  4.  Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  5.  La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.
  La empresa citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.
  Diligencia..En Madrid, a 11 de enero de 2013.
  La extiendo yo, el secretario judicial, hacer constar que ha sido presentada demanda por don Dalmacio Barba Barba, contra “Ramiro Jaquete, Sociedad Anónima”, en materia de despido, que ha correspondiendo a este Juzgado en turno de reparto..Doy fe.
  Decreto
  En Madrid, a 11 de enero de 2013.
  Parte dispositiva:
  1.  Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.
  2.  Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 22 de abril de 2013, a las diez y veinte horas, en la Sala de audiencia de este Juzgado, que se sustanciara por las reglas del procedimiento de despidos/ceses en general.
  3.  Cítese a la empresa demandada “Ramiro Jaquete, Sociedad Anónima”, mediante correo ordinario, exhorto y cautelarmente mediante la publicación de edictos.
  Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.
  Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial si fuera necesario para la localización de las partes.
  Adviértase a las partes:
  1.  Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse.
  2.  Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda.
  3.  Que la incomparecencia injustificada de la demandada, citada en forma no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.
  4.  Póngase los autos en presencia de su señoría ilustrísima a fin de que resuelva sobre la prueba propuesta.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial, Marta Menárguez Salomón.
  En Madrid, a 14 de enero de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/1.799/13)</texto>
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