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    <identificador>BOCM-20130204-5</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Economía y Hacienda</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/02/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Deuda pública
– Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 50.000.000,00 de euros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>29</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>Consejería de Economía y Hacienda</organismo>
    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA 
 
 5 
 ORDEN de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 50.000.000,00 de euros. 
  El Consejo de Ministros, en su reunión de 18 de enero de 2013, autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública, hasta un importe máximo de 2.270.071.373,81 euros. 
  El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acordó el 10 de enero de 2013, conforme al artículo 40.1 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013, la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo de 2.270.071.373,81 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 39 de la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2013.
  En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno citado y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública se considera conveniente que la Comunidad de Madrid ponga en oferta un nuevo tramo de la emisión de obligaciones por un importe de 50.000.000,00 de euros con un plazo de vida residual próximo a 13,61 años, al 4,30 por 100, vencimiento el 15 de septiembre de 2026 (ES0000101263), cuyas condiciones se fijaron por Orden de 7 de septiembre de 2006 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de septiembre de 2006), al objeto de incrementar la liquidez de la emisión y de atender con esta reapertura la demanda de los inversores de valores a dicho plazo. 
  El importe obtenido a través de la mencionada ampliación no excede del importe susceptible de ser financiado, de conformidad con lo autorizado por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de enero de 2013, ni el límite establecido por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de enero de 2013.
  En razón de lo expuesto, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 40.5 de la citada Ley 7/2012, de 26 de diciembre,
  DISPONGO
  Primero
  Realizar un nuevo tramo de emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 50.000.000,00 de euros de la emisión de obligaciones con un plazo de vida residual próximo a 13,61 años, al 4,30 por 100, vencimiento el 15 de septiembre de 2026 (ES0000101263), cuyas condiciones se fijaron por Orden de 7 de septiembre de 2006 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de septiembre de 2006), con las siguientes características:
  Importe: 50.000.000,00 de euros.
  Fecha de emisión y desembolso del nuevo tramo: 7 de febrero de 2013.
  Cupón corrido: 1,70821918 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 854.109,59 euros.
  Precio de emisión excluyendo el cupón corrido: 72,781 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 36.390.500,00 euros.
  Precio incluyendo cupón corrido: 74,48921918 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 37.244.609,59 euros.
  Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la entidad suscriptora.
  Segundo
  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Viceconsejero de Hacienda, la firma del contrato de suscripción de la emisión. 
  Tercero
  La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 
  Madrid, a 30 de enero de 2013.
  		El Consejero de Economía y Hacienda, 		ENRIQUE OSSORIO CRESPO
  (03/3.273/13)</texto>
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