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    <titulo>– Alcalá de Henares. Otros anuncios. Notificación resolución</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcalá de Henares</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Notificación resolución 
  Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación de la Resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 14 de noviembre de 2012 a don Alfonso Mora Martínez, relativo al cumplimiento del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de julio de 2009, de desmontaje de cierre metálico en calle Mayor, número 28, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dice literalmente lo que sigue:
  «Dada cuenta a mi autoridad de que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de julio de 2009, se requería a “Viajes Marsans” el desmontaje de cierre metálico con cajón visto y sobresaliendo del plano de fachada en calle Mayor, número 28, al no haber presentado alegaciones a la iniciación del expediente de desmontaje, por decreto de fecha 5 de marzo 2009, ya que, según el informe técnico emitido, su instalación no podía ser legalizada.
  Por “Viajes Marsans” se comunicó, en escrito presentado el 16 de octubre 2009, que se solicitaba licencia para sustituir el cierre por otro ajustado a normativa.
  Por decreto de fecha 7 de junio de 2012 se procede al archivo de la solicitud de licencia para modificación de posición de cierre metálico en fachada de local sito en calle Mayor, número 28, ya que el requerimiento efectuado al interesado para que aportara copia de la carta de pago de la fianza depositada para responder a la correcta gestión de los residuos, notificado y recibido el 29 de abril de 2010, emitiéndose informe por el Servicio de Infraestructuras de fecha 9 de septiembre de 2011, señalando no haberse aportado la documentación y proponiendo el archivo del expediente.
  Informando el arquitecto municipal de Disciplina Urbanística que: “Según información facilitada por el inspector de obras de la zona, se ha podido comprobar que las obras de modificación del cierre no se han efectuado. Destinándose el local a otra actividad”.
  Teniendo en cuenta que el titular del local es don Alfonso Mora Martínez.
  De conformidad con lo establecido en el artículo 195.3, en relación con el 194.1, 2 y 6 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  En virtud de las atribuciones que me han sido delegadas por resolución de la Alcaldía- Presidencia número 1945/2012, de 18 de julio, y por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión celebrada el 23 de julio de 2012, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 124.5 y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con los artículos 49 y 64 del Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento.
  VENGO EN DISPONER
  1.o  Requerir a don Alfonso Mora Martínez para que proceda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, al cumplimiento a lo acordado por la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de julio de 2009, de desmontaje de cierre metálico con cajón visto y sobresaliendo del plano de fachada en calle Mayor, número 28. Con apercibimiento de que, de no hacerlo así, el Ayuntamiento lo podrá realizar, a costa del obligado, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y según la valoración efectuada por los Servicios Técnicos Municipales, que asciende a la cantidad de 1.190,64 euros, corriendo todos los gastos, daños y perjuicios a cargo del obligado, teniendo dicho importe carácter de provisional y pudiendo el Ayuntamiento exigir su pago antes de la ejecución de dichas obras, y siempre a reserva de la liquidación definitiva una vez finalizadas las mismas.
  2.o  Notifíquese esta resolución al interesado con la prevención de los recursos que procedan».
  Frente a la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá usted interponer recurso de reposición potestativo ante esta Corporación (Junta de Gobierno Local) en el plazo de un mes siguiente al de la fecha de recibo de la presente notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución (artículos 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
  Caso de interponer recurso de reposición potestativo, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por esta Corporación en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado citado por el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquel que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el silencio administrativo. Si dicho recurso de reposición fuera expresamente resuelto por la Corporación, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición (artículos 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
  Todo ello sin perjuicio de que usted pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. Lo que comunico a usted para su debido conocimiento y efectos oportunos.
  Alcalá de Henares, a 16 de enero de 2013..La directora del Área Jurídica de Disciplina Urbanística, por delegación del secretario titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local de 12 de septiembre de 2012 (firmado).
  (02/545/13)</texto>
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