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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/02/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Despidos/ceses en general 937 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>38</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 148 
 Despidos/ceses en general 937 de 2012 
  Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 937 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Ramón Castellanos Montero, frente a “Radiador La Abadesa, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 2 de 2013
  En Madrid a 8 de enero de 2013..Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, doña Begoña García Álvarez, los presentes autos número 937 de 2012, seguidos a instancias de don Juan Ramón Castellanos Montero, que comparece asistido por el letrado don Alejandro Falero de Rato, contra “Radiador La Abadesa, Sociedad Limitada”, que no comparece, sobre despido, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimo la demanda formulada por don Juan Ramón Castellanos Montero, frente a “Radiador La Abadesa, Sociedad Limitada”, y declaro improcedente el despido de aquel, extinguiendo la relación laboral que unía a las partes y condenando a la demandada a que indemnice al actor con 5.047,77 euros, abonándole además la suma de 1.160,74 euros netos en concepto de salarios adeudados.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
  Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Seguidamente la anterior sentencia fue leída y publicada por la ilustrísima magistrada-juez de lo social que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el sitio de costumbre..Doy fe.
  Diligencia..Con la misma fecha se remiten por correo certificado copias de la sentencia para su notificación a las partes..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Radiador La Abadesa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de enero de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/1.692/13)</texto>
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