<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130214-59</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CAMPO REAL</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/02/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Campo Real. Régimen económico. Tasa utilizaciones privativas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>38</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2013-02-14-38050220130095</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/02/14/BOCM-20130214-59.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/02/14/BOCM-20130214-59.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/02/14/BOCM-20130214-59.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/02/14/BOCM-20130214-59.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Campo Real</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CAMPO REAL 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 59 
 Tasa utilizaciones privativas 
  Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento, de 27 de noviembre de 2012, sobre la supresión de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales constituidos por el suelo, subsuelo y vuelo de las vías públicas municipales a favor de empresas explotadoras o entidades prestadoras de servicios de telefonía móvil.
  Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados, a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  En Campo Real, a 29 de enero de 2013..El alcalde, Felipe Moreno Morera.
  (03/3.282/13)</texto>
</documento>