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    <titulo>Acuerdo laboral
– Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Restauración Vallesana, Sociedad Anónima Unipersonal”, y miembros del comité de huelga y asesores de UGT (PCM-0014/2013)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA 
 
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 RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Restauración Vallesana, Sociedad Anónima Unipersonal”, y miembros del comité de huelga y asesores de UGT (PCM-0014/2013). 
  Vista del acta de la mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General
  RESUELVE
  Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 21 de enero de 2013..La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
  Expediente número: PCM-0014/2013.
  En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del miércoles 16 de enero de 2013..Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:
  Presidente: Don José Manuel Nogales Barroso.
  Vocal: Don José María Roncero G. de Bonilla.
  Vocal: Don Julio Canalda Bobas.
  Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas.
  Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha jueves 10 de enero de 2013, para conocer del expediente citado.
  De una parte, constan como citados y comparecen:
  Doña Natividad Valles Zarza, en calidad de representante legal.
  Empleador: “Restauración Vallesana, Sociedad Anónima Unipersonal”; calle Princesa, número 40, Madrid.
  De otra parte constan como citados y comparecen:
  Don Francisco Abad Sevilla, en calidad de miembro del comité de huelga.
  Don Leandro Lorca Abad, en calidad de miembro del comité de huelga.
  Don José Carlos Espinosa Melendro, en calidad de miembro del comité de huelga.
  Don Ángel Luis Martínez Carmona, en calidad de miembro del comité de huelga.
  Don Miguel Carmona González, en calidad de miembro del comité de huelga.
  Doña Rosario Villamarín García, en calidad de miembro del comité de huelga.
  Don Jorge Andrés Cuerda Castro, en calidad de miembro del comité de huelga.
  Don Juan Castro Molina, en calidad de miembro del comité de huelga.
  Don Jacobo Sánchez Muñoz, en calidad de miembro del comité de huelga.
  Don José Paradiñeiro Rodríguez, en calidad de miembro del comité de huelga.
  Don Miguel Calvo Lobo, en calidad de asesor de UGT.
  Don Francisco Arenas Murillo, en calidad de asesor de UGT.
  Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Ángel Luis Martínez Carmona, presidente del comité de empresa
  ABIERTO EL ACTO
  La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.
  Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.
  Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de
  CON AVENENCIA 
  En los siguientes términos:
  1.  La empresa manifiesta en este acto que la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 ha sido abonada a todos los trabajadores.
  2.  En relación al abono de la mensualidad del mes de diciembre la empresa ha comenzado el abono de la misma ayer, día 15 de enero, comprometiéndose a que antes del día 20 de enero, inclusive, será abonada en su totalidad a todos los trabajadores.
  3.  De igual forma, finalizado el primer trimestre del año la empresa se compromete al abono de las nóminas a los trabajadores antes del día 5 de cada mes.
  4.  En base a este acuerdo, la representación legal de los trabajadores se compromete a desconvocar la huelga prevista para los días 18, 29 y 30 de enero.
  El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.
  Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y quince horas del día de hoy..La secretaria suplente (firmado).
  (03/4.435/13)</texto>
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