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    <titulo>Madrid número 3. Procedimiento ordinario 969 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 87 
 Procedimiento ordinario 969 de 2012 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 969 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Castaño Céspedes, frente a “Cejal Limpiezas, Sociedad Limitada”, “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, “Lico Leasing, Sociedad Anónima Unipersonal” y Universidad Politécnica de Madrid, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado providencia de 21 de diciembre de 2012:
  Diligencia..En Madrid, a 21 de diciembre de 2012.
  La extiendo yo, el secretario, para hacer constar que con fecha de hoy ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito, lo que paso a dar cuenta a su señoría ilustrísima. Doy fe.
  Providencia
  Ilustrísima señora magistrada-juez doña Mercedes Gómez Ferreras..En Madrid, a 21 de diciembre de 2012.
  Por dada cuenta, el anterior escrito únase a los autos. Ha lugar a lo solicitado, concediéndose un plazo de cuatro días hábiles para ampliar la demanda según lo solicitado. A la vista de la proximidad del señalamiento, se suspende el mismo para los actos de conciliación y juicio del día 10 de enero de 2013 y se señala nuevamente para el 3 de febrero de 2014, a las ocho y cincuenta horas.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación.
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse mediante consignación o transferencia a la cuenta de este Juzgado.
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral, doy fe.
  Citación
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de febrero de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/7.504/13)</texto>
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