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    <titulo>Madrid número 3. Procedimiento ordinario 123 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>68</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 95 
 Procedimiento ordinario 123 de 2013 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 123 de 2013, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Fernández de Miguel, frente a “London Project, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  El secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez..En Madrid, a 31 de enero de 2013.
  Parte dispositiva
  Acuerdo:
  1.  Admitir a trámite la demanda presentada a instancias de don Sergio Fernández de Miguel, frente a “London Project, Sociedad Limitada”, sobre ordinario que se sustanciará por las reglas de la demanda.
  2.  Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 4 de marzo de 2014, a las nueve y diez horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, segunda planta de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  La parte actora comparecerá al acto del juicio oral asistida de letrado.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
  a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
  b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios: 0030 1143 50 0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501 número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso..El secretario.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “London Project, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de febrero de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/7.649/13)</texto>
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