<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130330-118</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/03/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 23. Ejecución 172 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>75</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2013-03-30-75190320130140</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/03/30/BOCM-20130330-118.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/03/30/BOCM-20130330-118.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/03/30/BOCM-20130330-118.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/03/30/BOCM-20130330-118.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 118 
 Ejecución 172 de 2012 
  Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 172 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Mar Pérez García, frente a “Sistemas de Oficina Madrid 7, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 10.001,98 euros de principal, se declara insolvencia provisional total de la ejecutada “Sistemas de Oficina Madrid 7, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente, previa petición de parte, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, a tal fin, se deberá aportar copia de todos aquellos documentos que hayan de ser testimoniados. La presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil con la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social), y archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2521/0000/64/0172/12.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sistemas de Oficina Madrid 7, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de febrero de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.347/13)</texto>
</documento>