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    <identificador>BOCM-20130403-52</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/04/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento ordinario 772 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>78</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 
 52 
 Procedimiento ordinario 772 de 2012 
  En el juicio de procedimiento ordinario número 772 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:
  Fallo
  Se estima la demanda formulada por la procuradora doña María Concepción Fuertes Suárez, en representación de “Unicaja Banco, Sociedad Anónima Unipersonal”, defendida por el letrado señor Merino Merchán, contra “Villana, Sociedad Anónima”, en rebeldía en los presentes autos, y se condena a la demandada al pago de la cantidad de 19.058,64 euros, al pago de los intereses legales incrementados en dos puntos desde el día 19 de abril de 2012 y de las costas causadas.
  Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que la misma no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.
  Adviértase a las partes que no se admitirá a trámite el recurso si al tiempo de su interposición no se acredita haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado la cantidad de 50 euros.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Diligencia..En la misma fecha, yo, la secretaria judicial, doy fe de su publicación.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Villana, Sociedad Anónima”.
  En Madrid, a 28 de febrero de 2013..El secretario (firmado).
  (02/2.044/13)</texto>
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