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    <fecha_publicacion>2013/04/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 72. Procedimiento ordinario 2.150 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>78</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72 
 EDICTO
 
 55 
 Procedimiento ordinario 2.150 de 2009 
  En el presente procedimiento de juicio ordinario número 2.150 de 2009 seguido a instancias de “Inmobiliarias Lualca, Sociedad Limitada”, frente a “Lecrín Bienes Inmuebles, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo extracto es el siguiente:
  Sentencia número 58 de 2012
  En Madrid, a 22 de febrero de 2012..Vistos por mí, doña Sonia Lence Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid y su partido judicial, los autos de juicio ordinario número 2.150 de 2009, promovido a instancias de “Inmobiliaria Lualca, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don José Antonio Hurtado Cejas y defendida por el letrado don Miguel Ángel Rubio Sánchez, contra “Lecrín Bienes Inmuebles, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal, versando los autos sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador señor Hurtado Cejas, en nombre y representación de “Inmobiliaria Lualca, Sociedad Limitada”, contra “Lecrín Bienes Inmuebles, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 31.419,97 euros, más intereses legales desde el día 29 de octubre de 2009 hasta el día de hoy e intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde el día de hoy hasta su completo pago; todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la demandada.
  Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días computados desde su notificación para su conocimiento y fallo por la Audiencia Provincial de Madrid.
  Y encontrándose dicha demandada “Lecrín Bienes Inmuebles, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
  En Madrid, a 1 de octubre de 2012..El secretario (firmado).
  (02/1.979/13)</texto>
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