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    <identificador>BOCM-20130412-120</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/04/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Pozuelo de Alarcón número 3. Juicio de faltas 581 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>86</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 120 
 Juicio de faltas 581 de 2012 
  Don Victoriano Téllez García, secretario del Juzgado de instrucción número 3 de Pozuelo de Alarcón.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 581 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Pozuelo de Alarcón, a 13 de noviembre de 2012..Vistos por la ilustrísima señora doña Inmaculada Concepción Santamaría Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Pozuelo de Alarcón (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas número 581 de 2012, en el que interviene el ministerio fiscal como acusación pública; como denunciante, don José Luis Valín Martínez; como denunciado, don Iacob Sergiu Laurentiu, y como perjudicado, el centro comercial “Hipercor”, de Pozuelo (asistido por la letrada señora del Pozo Garzón), por una presunta falta de hurto.
  Que debo condenar y condeno a don Iacob Sergiu Laurentiu, como autor de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, con la pena de dos meses de multa, a razón de una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, ni voluntariamente ni por vía de apremio, que podrá cumplirse mediante localización permanente, así como al pago de las costas de este procedimiento.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Iacob Sergiu Laurentiu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 7 de febrero de 2013..El secretario (firmado).
  (03/8.976/13)</texto>
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