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    <fecha_publicacion>2013/04/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Procedimiento ordinario 585 de 2009-S</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>86</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 
 95 
 Procedimiento ordinario 585 de 2009-S 
  Don Miguel Anaya del Olmo, secretario del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado a mi cargo se siguen actuaciones de juicio ordinario número 585 de 2009, a instancias de la procuradora señora Barallat López, en nombre de “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, frente a “CIH Arrendamiento de Maquinaria, Sociedad Limitada”, y don Ángel Ceferino Junquera Bodelón, declarados en rebeldía, en las que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 28 de febrero de 2013..Vistos por la ilustrísima señora doña María de los Ángeles Martín Vallejo, magistrada-juez de primera instancia del número 36 de Madrid, los presentes autos seguidos entre la demandante “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Barallat López y asistida por el letrado señor Castedo Álvarez, contra “CIH Arrendamiento de Maquinaria, Sociedad Limitada”, y don Ángel Ceferino Junquera Bodelón, declarados en rebeldía, en el juicio ordinario número 585 de 2009, en el que aparece el siguiente
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta a instancias de “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Barallat López y asistida por el letrado señor Castedo Álvarez, contra “CIH Arrendamiento de Maquinaria, Sociedad Limitada”, y contra don Ángel Ceferino Junquera Bodelón, declarados en rebeldía, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 36.630,16 euros y a los intereses legales de dicha suma desde el día de interposición de la demanda, con expresa condena en costas a la parte demandada.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación en legal forma al codemandado don Ángel Ceferino Junquera, declarado en rebeldía y en paradero desconocido, se publica la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide la presente en Madrid, a 19 de marzo de 2013..El secretario (firmado).
  (02/2.368/13)</texto>
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