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    <fecha_publicacion>2013/04/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 8 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>89</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 114 
 Ejecución 8 de 2013 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 8 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Trif, frente a “Estrucen, Sociedad Limitada”, y “General de Ferrallas y Montajes, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 5 de marzo de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Daniel Trif con las empresas “General de Ferrallas y Montajes, Sociedad Anónima”, y “Estrucen, Sociedad Limitada”, condenando a estas a que abonen a aquel la cantidad de 13.365 euros en concepto de indemnización, y la cantidad de 21.060 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución, es decir, desde el día 8 de febrero de 2012 al día 4 de marzo de 2013, lo que hace un total de trescientos noventa días a razón de 54 euros/día.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2518/0000/64/0008/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Teresa Orellana Carrasco.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estrucen, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 5 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/9.079/13)</texto>
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