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    <fecha_publicacion>2013/04/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Lleida número 2. Procedimiento 685 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE LLEIDA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE LLEIDA NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 159 
 Procedimiento 685 de 2012 
  Por la presente cédula de citación, dictada en méritos de resolución de fecha 18 de marzo de 2013, en autos instruidos por este Juzgado de lo social a instancias de don Said El Kouissi, contra “Inversions Esmaca, Sociedad Limitada”, “Cunipic Animals de Companyia, Sociedad Limitada”, “Eipsa Lleida, Sociedad Anónima”, y “Testa Adesarrollos Internacionales, Sociedad Limitada”, en reclamación de demandas, seguidos con el número 685 de 2012, se cita a la mencionada empresa “Inversions Esmaca, Sociedad Limitada”, de ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 10 de julio de 2013, a las nueve y treinta horas, para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que caso de no existir avencnia en tal acto, el juicio, en única convocatoria, se celebrará a continuación, y al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse, advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y de que caso de incomparecencia de la parte demandada, podrá ser tenida por confesa.
  Asimismo, ha de aportar los documentos indicados en el escrito de demanda presentado por la parte, advirtiéndoles de que si no se presentaren sin causa justificada podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán en estrados, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  En Lleida, a 18 de marzo de 2013..La secretaria judicial, Paula Jarne Corral.
  (03/10.728/13)</texto>
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