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    <titulo>Murcia número 5. Autos 477 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>89</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 163 
 Autos 477 de 2012 
  Doña María del Carmen Ortiz Garrido, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Murcia.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ordinario número 477 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Alburquerque Vega, don Diego Galindo Hernández, don Alfonso Izquierdo Fernández, don Jesús Pérez Sánchez, don Francisco Sánchez Olivares, don José Antonio Sáez Cortés y don Alejandro Sáez Romero, contra las empresas “Estacionamientos y Servicios, Sociedad Anónima” (“EYSSA”), “Servimur Bussines Integral, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado con fecha de hoy la siguiente resolución:
  El anterior escrito de fecha 12 de marzo de 2013 presentado por el letrado don Ángel Antonio García López, en reclamación de parte actora, únase a las presentes actuaciones recibidas de la Unidad Procesal de Apoyo Directo del Social número 5, y habiéndose fijado un nuevo señalamiento para los actos de conciliación y/o juicio para el día 23 de mayo de 2013, a las once y treinta horas, acuerdo:
  Tener por aclarada y ampliada la demanda, con traslado a la parte demandada del referido escrito a los efectos oportunos.
  Citar para el acto de conciliación y/o juicio en el día anteriormente indicado al Fondo de Garantía Salarial y a la mercantil “Servimur Bussines Integral, Sociedad Limitada”, sirviendo la notificación de la presente de citación en legal forma. Cítese “ad cautélam” por edictos.
  Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación y citación en legal forma la mercantil “Servimur Bussines Integral, Sociedad Limitada”, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Murcia, a 21 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.724/13)</texto>
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