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    <identificador>BOCM-20130416-17</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2013/04/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Notificación
– Resolución de 19 de marzo de 2013, por la que se hace pública la Orden 6/2013, de 4 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se inadmite la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por don Óscar García Obregón</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
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  CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
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 RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2013, por la que se hace pública la Orden 6/2013, de 4 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se inadmite la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por don Óscar García Obregón. 
  Intentada varias veces sin efecto la notificación en su domicilio de la Orden 6/2013, de 4 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se inadmite la reclamación de responsabilidad patrimonial número 223/12, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid.
  El contenido íntegro de la Orden que se notifica podrá ser examinado en el Área de Régimen Jurídico y Actuación Administrativa de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, plaza de Pontejos, números 1-3, tercera planta, de lunes a viernes y de nueve a catorce horas, de conformidad con el artículo 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
  La presente Resolución agota la vía administrativa, pudiéndose interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.
  Madrid, a 19 de marzo de 2013..El Secretario General Técnico, José de la Uz Pardos.
  (03/11.181/13)</texto>
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