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    <fecha_publicacion>2013/04/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Valdemoro número 4. Procedimiento ordinario 20 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 78 
 Procedimiento ordinario 20 de 2006 
  En el presente procedimiento ordinario número 20 de 2006 seguido a instancias de doña Silvia Macía Durán, frente a don José Da Silva Lima y “Mapfre Mutualidad”, se ha dictado sentencia de fecha 15 de junio de 2012, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Valdemoro, a 15 de junio de 2012..Doña María Concepción Azuara López, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Valdemoro, habiendo visto y oído los autos de juicio ordinario número 20 de 2006, sobre reclamación de cantidad, promovidos por doña Silvia Macía Durán, representada por la procuradora de los tribunales doña Consuelo Díez Carvajal y asistida del letrado don Rafael de las Casas Gálvez, contra “Mapfre Mutualidad”, actuando la procuradora de los tribunales doña Gema Pilar Gálvez Rodríguez, y don José Da Silva Lima, en situación de rebeldía procesal.
  Fallo
  Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por la representación procesal de doña Silvia Macía Durán, contra “Mapfre Mutualidad”, y don José Da Silva Lima, en situación de rebeldía procesal, debiendo condenar a los demandados a abonar a la actora la cantidad total de 69.899,88 euros (69.062,47 euros por las lesiones y secuelas, más 837,41 euros de gastos justificados), y por aplicación de los artículos 1.089, 1.091, 1.101 y 1.108 del Código Civil, el pago de los intereses de la cantidad señalada devengados desde la fecha de la interposición de la demanda (16 de enero de 2006).
  Debiendo abonar cada parte las costas causadas a su instancia.
  Y encontrándose dicho demandado don José Da Silva Lima en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
  Valdemoro, a 20 de febrero de 2013..El secretario (firmado).
  (02/2.097/13)</texto>
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