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    <fecha_publicacion>2013/04/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Ejecución 15 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>97</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 161 
 Ejecución 15 de 2013 
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 15 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Babil Rivero García y don Rufino Rodas Huayhuas, frente a “Explotaciones Comerciales Benavent, Sociedad Limitada”, y “Sacafrut, Sociedad Limitada Laboral”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución de fecha 12 de marzo de 2013 siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Babil Rivero García y don Rufino Rodas Huayhuas con las empresas “Explotaciones Comerciales Benavent, Sociedad Limitada”, y “Sacafrut, Sociedad Limitada Laboral”, condenando a estas a que abonen a aquellos la cantidad de 51.021,34 euros para don Rufino Rodas Huayhuas y de 31.826,93 euros para don Babil Rivero García en concepto de indemnización, y la cantidad de 14.756,42 euros para don Rufino Rodas Huayhuas y de 15.425,50 euros para don Babil Rivero García en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2515/0000/64/0015/13.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Explotaciones Comerciales Benavent, Sociedad Limitada”, y “Sacafrut, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.460/13)</texto>
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