<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130425-163</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/04/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 178 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>97</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2013-04-25-97120420130272</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/25/BOCM-20130425-163.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/25/BOCM-20130425-163.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/25/BOCM-20130425-163.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/25/BOCM-20130425-163.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 163 
 Ejecución 178 de 2012 
  Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 178 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Alonso Hernández Castañeda, don José Julián Ocampo Betancur, don José Luis Murgaza Hernández y doña Paola Cristina Veliz Salazar, frente a “Plomas de Ingeniería y Construcción, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 45.991,73 euros de principal, se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada “Plomas de Ingeniería y Construcción, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Plomas de Ingeniería y Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de marzo de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/10.465/13)</texto>
</documento>