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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/04/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Ejecución 49 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>98</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 176 
 Ejecución 49 de 2013 
  Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 49 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Grover Jhonny Baltazar Aduviri y doña Irma Rebeca Maldonado Armijos, frente a “Asistencia Vip Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 21 de marzo de 2013 siguientes:
  Auto
  En Madrid, a 21 de marzo de 2013.
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Grover Jhonny Baltazar Aduviri, frente a la demandada “Asistencia Vip Servicios, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 499,35 euros, más 79,89 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2803/0000/64/1011/12.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.
  Decreto
  En Madrid, a 21 de marzo de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda la acumulación a la presente ejecución número 49 de 2013 la que se sigue también en este Juzgado con el número EFL 74 de 2013, continuándose su tramitación en un solo procedimiento.
  Estese a lo acordado en el decreto de fecha 14 de marzo de 2013 respecto a dar audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial por diez días para designar la existencia de bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procede a dictar insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Asistencia Vip Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 21 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.673/13)</texto>
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