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    <fecha_publicacion>2013/06/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 25. Procedimiento 271 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>133</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 148 
 Procedimiento 271 de 2012 
  Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 271 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel García Jiménez y don Jaime Crespo González, frente a don Ion Micu, “GOP Fomento Exterior, Sociedad Limitada”, “Obrascón Huarte Laín, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dicho la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 29 de abril de 2013.
  Parte dispositiva:
  Que estimando la aclaración solicitada por la parte actora, resulta forzoso aclarar la sentencia en su día dictada en el sentido siguiente:
  Fundamento segundo, “in fine”, y fallo, donde dice: “1.596 euros”; debe decir: “2.601 euros”, manteniéndose los restantes pronunciamientos de la resolución en su integridad.
  Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días hábiles, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 227 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Así lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social, Ángel Luis del Olmo Torres.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Ion Micu, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de abril de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.715/13)</texto>
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