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    <identificador>BOCM-20130607-243</identificador>
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    <fecha_publicacion>2013/06/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 40. Procedimiento ordinario 1.192 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 243 
 Procedimiento ordinario 1.192 de 2011 
  Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.192 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Felisa Quiñones Martín, frente a “Colegio Newman” y “Formación Europea en el Empleo, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia número 45 de 2013, en fecha 11 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Felisa Quiñones Martín, contra “Formación Europea en el Empleo, Sociedad Limitada”, y Fundación Internacional de Educación, debo condenar y condeno a “Formación Europea en el Empleo, Sociedad Limitada”, a que abone a la actora la suma de 345,50 euros, más el 10 por 100 de interés por mora. Absolviendo a la fundación codemandada de la pretensión formulada.
  Contra la presente resolución no cabe interponer recurso de suplicación (artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la magistrada-juez que la dictó en el día de su fecha estando celebrando audiencia pública..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Formación Europea en el Empleo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.900/13)</texto>
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