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    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 43 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>136</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 186 
 Ejecución 43 de 2013 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 43 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Torres Iglesias, frente a Fondo de Garantía Salarial y “Panificadora Ituriz, Sociedad Limitada”, sobre ejecución provisional, se ha dictado auto de fecha 3 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Dispongo: Requerir a la empresa “Panificadora Isturiz, Sociedad Limitada”, para que abone a don José Torres Iglesias la misma retribución que percibía antes de su despido, continuando el indicado trabajador prestando sus servicios, a menos que el empresario prefiera hacer el abono indicado sin compensación alguna.
  Notifíquese esta resolución a las partes, con indicación de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este mismo Juzgado, en un plazo de tres días.
  Salvo las personas legalmente exentas y según la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se advierte a las partes que para la interposición del recurso será preciso el depósito de 25 euros en la cuenta de este Juzgado en la entidad de crédito “Banesto”, acreditándose documentalmente la consignación en el momento de la interposición, bajo apercibimiento de inadmisión del recurso.
  Así lo manda y firma el ilustrísimo señor don Antonio Cervera Peláez-Campomanes, magistrado-juez de lo social número 14 de Madrid..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Panificadora Ituriz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/16.011/13)</texto>
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