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    <identificador>BOCM-20130610-92</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Santa María de la Alameda. Régimen económico. Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>136</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Santa María de la alameda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 92 
 Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana 2013 
  El Pleno del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, en sesión celebrada el 3 de abril de 2013, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de los siguientes documentos:
  .	Padrón del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana.
  .	Padrón del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica.
  .	Padrón de tasa por recogida de basuras.
  .	Padrón sobre tasa de licencia de autotaxi.
  .	Padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
  Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Plazo de cobro: del 1 de julio al 15 de noviembre.
  Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
  Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Santa María de la Alameda.
  De no presentarse reclamaciones, el acuerdo de aprobación inicial será automáticamente elevado a definitivo.
  En Santa María de la Alameda, a 23 de mayo de 2013..La alcaldesa, María Begoña García Martín.
  (02/3.880/13)</texto>
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