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    <fecha_publicacion>2013/06/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Sevilla número 11. Ejecución 106 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>137</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 11 
 EDICTO
 
 249 
 Ejecución 106 de 2013 
  Don Jesús Ángel Orozco Torres, secretario judicial del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 106 de 2013, a instancias de la parte actora don Luis López Gómez, contra “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado auto y decreto de fecha 6 de mayo de 2013 del tenor literal siguiente:
  Auto
  Acuerdo: Despachar ejecución contra los bienes y derechos propiedad de la entidad demandada “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, por la cuantía de 1.405,58 euros en concepto de principal, más la de 224,89 euros calculados para intereses y costas.
  Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Adelaida Maroto Márquez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla..Doy fe.
  Decreto
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Proceder al embargo de créditos que la demandada pueda ostentar frente a la Agencia Tributaria por cualquier concepto, a cuyo fin se da orden la oportuna orden telemática.
  Notifíquese la presente resolución, tanto a la parte actora como a la parte demandada.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Sevilla, a 6 de mayo de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/16.357/13)</texto>
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