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    <identificador>BOCM-20130622-6</identificador>
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    <titulo>Acuerdo laboral
– Resolución de 26 de abril de 2013, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Presa y Calvete, Sociedad Anónima” y representante legal de los trabajadores y representantes FITAG-UGT (PCM-0321/2013).</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA 
 
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 RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2013, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Presa y Calvete, Sociedad Anónima” y representante legal de los trabajadores y representantes FITAG-UGT (PCM-0321/2013). 
  Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General
  RESUELVE
  Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 26 de abril de 2013..La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
  Expediente número: PCM-0321/2013.
  En Madrid, a las diez cuarenta y cinco horas del miércoles 24 de abril de 2013.
  Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:
  Presidente: Don Luis Lunar Moreno.
  Vocal: Don Antonio Díaz Jiménez.
  Vocal: Don Guillermo Fabra Bernal.
  Vocal: Doña Rosario Sánchez Diéguez.
  Secretario: Don Antonio Chico Fernández.
  Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha viernes 19 de abril de 2013, para conocer del expediente citado.
  De una parte constan como citados y comparecen:
  Don Enrique Calvete Presa, en calidad de representante.
  La empresa “Presa y Calvete, Sociedad Anónima”, con domicilio en la calle Torre de Don Miguel, número 29, Madrid, en calidad de empleador.
  De otra parte, constan como citados y comparecen:
  Don Alfonso Juguera Martos, en calidad de representante de FITAG-UGT.
  Don Alberto López Ortiz, en calidad de representante de FITAG-UGT.
  Don Pedro Lorenzo de Castro, en calidad de representante de FITAG-UGT.
  Don Julián Gabaldón Hinarejos, en calidad de representante legal de los trabajadores.
  Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Alfonso Juguera Martos, como representante  de FITAG-UGT Madrid
  ABIERTO EL ACTO
  La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.
  Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.
  Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de
  CON AVENENCIA
  En los siguientes términos:
  La vigencia del presente acuerdo es hasta el 31 de diciembre de 2013.
  1.  La empresa abonará a los trabajadores los salarios de cada mes entre los días 1 y 15 del mes siguiente.
  2.  La empresa entregará a cada trabajador el certificado de retenciones de 2012, así como la deuda salarial que tiene con cada uno de ellos. 
  3.  El día 10 de mayo ambas partes se reunirán en el seno de la empresa, y la empresa entregará un calendario de pagos definitivos de las deudas de cada trabajador, que se abonarán antes del 31 de diciembre de 2013.
  4.  La parte solicitante desconvoca la huelga prevista en el presente expediente.
  El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.
  El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el Juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de la Jurisdicción Social.
  Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once cuarenta y cinco horas del día de hoy..El secretario suplente (firmado).
  (03/17.033/13)</texto>
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