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    <departamento>Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Expropiación
– Orden 1506/2013, de 7 de junio, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el “refuerzo de la rama derecha abastecida desde Quiebrahilos”, en el término municipal de Villarejo de Salvanés (expediente de expropiación forzosa número 349. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
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 ORDEN 1506/2013, de 7 de junio, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el “refuerzo de la rama derecha abastecida desde Quiebrahilos”, en el término municipal de Villarejo de Salvanés (expediente de expropiación forzosa número 349. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II). 
  El proyecto tiene por objeto la ejecución de las obras necesarias para el refuerzo del suministro de agua potable a los municipios del sureste de la Comunidad de Madrid. Para lograr este objetivo se hace necesaria la duplicación de la actual conducción que, desde el depósito de Villarejo de Salvanés, permite transportar el agua potable a las localidades de Villamanrique de Tajo, Fuentidueña de Tajo y al centro penitenciario de Estremera. 
  La conducción proyectada parte del depósito de Villarejo de Salvanés, situado al sur de la autovía A-3 y se mantiene prácticamente en la totalidad de su trazado paralelo al camino de los “Corrales de Don Juan”, para posteriormente cruzar el canal de Estremera y finalizar junto a la carretera M-326, en el entorno donde cruza al arroyo de “San Pedro”. Las obras comprendidas en este proyecto se encuentran enclavadas en el término municipal de Villarejo de Salvanés.
  Con fecha 3 de marzo de 2009, previos los informes pertinentes, la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio emitió informe en el que se indica que las actuaciones proyectadas no quedan incluidas en ninguno de los Anexos de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, ni afectada por lo establecido en tal normativa.
  Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 31 de marzo de 2011, se acordó aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras de “Refuerzo de la rama derecha abastecida desde Quiebrahilos”, en los términos municipales de Valdaracete y Villarejo de Salvanés. Se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 86, de 12 de abril de 2011.  
  La ejecución del proyecto de referencia requiere que se proceda a tramitar el correspondiente procedimiento de expropiación forzosa, con objeto de poder disponer de los terrenos necesarios para llevarlo a cabo.
  La declaración de utilidad pública está implícita, en virtud del artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, en relación con la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
  En su virtud, una vez formulada la relación de bienes y derechos prevista en el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y en aplicación de su artículo 18, 
  DISPONGO
  Primero
  Someter al trámite de Información Pública durante el plazo de quince días, la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de refuerzo de la rama derecha abastecida desde Quiebrahilos”, en el término municipal de Villarejo de Salvanés (expediente de expropiación número 349. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II), que se adjunta a la presente Orden.
  Segundo
  La presente Orden será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en uno de los diarios de mayor difusión, y además comunicada al Ayuntamiento en cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación, a efectos de que sea expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento afectado.
  Tercero
  La relación de bienes y derechos a que se refiere el apartado primero podrá examinarse durante el mencionado plazo de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la División de Expropiaciones de Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, en la calle Santa Engracia, número 125, 28003 Madrid, de nueve a catorce horas, así como en las dependencias del Ayuntamiento del término municipal donde se ubiquen las parcelas afectadas.
  Durante dicho período, los interesados podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, mediante escrito dirigido a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, en la plaza de Pontejos, número 3, 28012 Madrid. El modelo de dicho escrito, así como la información para su gestión telemática, podrá encontrarse en https://gestionesytramites.madrid.org/
  En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.
  Cuarto
  Las afecciones que resultan necesarias para la ejecución del proyecto de obra y para permitir y asegurar el posterior mantenimiento y conservación de las infraestructuras, que se reseñan en el anejo a la presente Orden, se describen como:
  .	Expropiación (EXP): Para la ubicación de infraestructuras y su conservación. La superficie afectada depende da cada tipo de infraestructura. 
  .	Ocupación temporal (OT): En esta zona, reflejada en los planos de afección, se hará desaparecer temporalmente, todo obstáculo y sobre ella se realizarán todas las obras y operaciones precisas, cuya duración está condicionada por la total ejecución del proyecto de obra, restituyéndose a su estado inicial una vez finalizados los trabajos. 
  Madrid, a 7 de junio de 2013..El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril de 2013), el Secretario General Técnico, José de la Uz Pardos.
  
     
     
 
   (01/1.820/13)</texto>
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