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    <fecha_publicacion>2013/06/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Barcelona número 27. Procedimiento 166 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>148</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 27</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 27 
 
 146 
 Procedimiento 166 de 2009 
  EDICTO
  Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de igual fecha en autos, instruido por este Juzgado de lo social número 27 de Barcelona, a instancias de don Fernando Córdoba Algaba, contra “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial y don José Luis Ramos Fortela, en reclamación de cantidad seguido con el número 166 de 2009, se cita a la mencionada empresa “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de Audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 9 de octubre de 2013, a las diez y cuarenta horas, para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que, caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, y al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse, advirtiéndole de que no se suspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y de que caso de incomparecencia de la parte demandada, podrá ser tenida por confesa. Asimismo, se apercibe a todas las partes de que si no comparecen al juicio, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos, además de imponerle multas de 180 a 600 euros.
  Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán en estrados, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  En Barcelona, a 5 de junio de 2013..El secretario judicial, Adrià Gassó i Priu.
  (03/19.561/13)</texto>
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