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    <fecha_publicacion>2013/07/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 123 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 
 156 
 Ejecución 123 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 123 de 2013, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Ramón Domenech García, frente a don Miguel González Ambles, “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada” y “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa se ha dictado auto despachando ejecución y diligencia de ordenación con citación para el 3 de septiembre de 2013, de 18 de junio de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Juan Ramón Domenech García, frente a don Miguel González Ambles, “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada” y “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, en su condición de administrador concursal de “Galvis XXI, Sociedad Limitada”.
  Notifíquese esta resolución a las partes y a Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto” 2512-0000-64-0123-13.
  Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el ilustrísimo señor magistrado-juez, don Antonio Cervera Peláez-Campomanes.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Diligencia..En Madrid, a 18 de junio de 2013.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se ha recibido escrito de la parte actora solicitando ejecución..Doy fe.
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol..En Madrid, a 18 de junio de 2013.
  El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 6 de junio de 2012 y auto de aclaración de 9 de julio de 2012, a don Miguel González Ambles, “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada” y “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, en favor del demandante don Juan Ramón Domenech García y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, 28008, el día 3 de septiembre de 2013, a las nueve y quince horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Sirviendo la notificación de la presente resolución de citación en legal forma a don Juan Ramón Domenech García, don Miguel González Ambles, “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada” y “Galvis XXI, Sociedad Limitada”.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe, la secretaria judicial.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a las destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada” y “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.550/13)</texto>
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