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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/07/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Jaén número 2. Procedimiento 800 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 2 
 
 221 
 Procedimiento 800 de 2012 
  EDICTO
  Don José Ramón Rubia Rubia Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Jaén.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 800 de 2012, a instancias de don Manuel Jesús Camacho Carrillo, contra “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, sobre cantidad, se ha dictado sentencia de fecha 6 de mayo de 2013, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimando la demanda promovida por don Manuel Jesús Camacho Carrillo, contra la empresa “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, debo condenar a la citada empresa a que abone al actor 1.995,42 euros, más el 10 por 100 de interés de mora.
  Con absolución del Fondo de Garantía Salarial en la presente instancia y sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
  Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con la advertencia de que contra la misma no cabe interponer recurso alguno de conformidad con el artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.
  En Madrid, a 6 de junio de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/20.130/13)</texto>
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