<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130716-139</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/07/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 2. Procedimiento 1.343 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>167</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2013-07-16-167080720130385</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/16/BOCM-20130716-139.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/16/BOCM-20130716-139.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/16/BOCM-20130716-139.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/07/16/BOCM-20130716-139.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 
 139 
 Procedimiento 1.343 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.343 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín Alonso Manzanero, frente a “Activa Mutua 2008”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Sociedad Cooperativa Madrileña de Peluqueros de Señoras y Caballeros” (COPEM) y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado auto de fecha 14 de junio de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  No ha lugar a despachar la ejecución interesada por encontrarse la entidad ejecutada “Sociedad Cooperativa Madrileña de Peluqueros de Señoras y Caballeros”, en situación de concurso. Hágase entrega a la parte solicitante de copia sellada de la demanda, testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, y archívense las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social, Isidro M. Saiz de Marco.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sociedad Cooperativa Madrileña de Peluqueros de Señoras y Caballeros”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.595/13)</texto>
</documento>