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    <fecha_publicacion>2013/07/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Agencia de Gestión de Licencias de Actividades. Notificación relación expedientes sancionadores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>175</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Agencia de Gestión de Licencias de Actividades</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 Agencia de Gestión de Licencias de Actividades
 
 37 
 Notificación relación expedientes sancionadores 
  Por el presente anuncio se notifica al interesado que más abajo se relaciona la resolución que a continuación se indica, relativa a recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, advirtiéndole que contra la expresada resolución podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  Para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y demás ingresos de derecho público, con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, deberá interponer reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 18 y 38 del Reglamento Orgánico del Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid.
  Lo que se comunica a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos administrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dicho interesado.
  El importe de dicha sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retirar en la Subdirección General de Inspección, Control Periódico y Disciplina, Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, sita en calle Bustamante, número 16, 28045 Madrid, teléfono 915 882 591 y 915 132 240.
  De no realizarse el oportuno ingreso en el plazo indicado se procederá a su exacción por vía de apremio con los recargos legalmente exigibles.
  Relación de expedientes sancionadores
  Referencia. . Interesado. . Situación del local. . Fecha de la resolución  del recurso. . Tipo de resolución. . Sanción
  220/2012/15222, resolución del recurso. . J. J. M., 70356775-M. . Pelayo, 2. . 25 de abril de 2013. . Desestimación. . 300 euros.
  Madrid, a 24 de mayo de 2013..El gerente de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, PO, la jefa de Servicio del Régimen Jurídico, Recursos y Relaciones con los Tribunales, Amparo Peralta Navarro.
  (02/4.477/13)</texto>
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