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    <identificador>BOCM-20130730-173</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/07/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Ejecución 196 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>179</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 
 173 
 Ejecución 196 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecutivo número 196 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Jesús Martín García, doña Nuria García Polo y doña Rosa Marta González Matilla, frente a “Desarrollos Horma, Sociedad Limitada”, e “Ingentia Ingenieros, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 18 de junio de 2013 con el siguiente tenor:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda subsanar el error aritmético advertido en auto de fecha 7 de octubre de 2012, ya que en lugar de decir: «proceder la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña Rosa Marta González Matilla y doña Nuria García Polo, contra “Ingentia Ingenieros, Sociedad Anónima”, por un importe de 53.152,13 euros de principal, más 8.504,13 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente»; debe decir: «proceder la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por doña Rosa Marta González Matilla y doña Nuria García Polo, contra “Ingentia Ingenieros, Sociedad Anónima”, por un importe de 53.152,13 euros de principal, más 8.504,13 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente a favor de doña Nuria García Polo, y por un importe de 58.083,73 euros de principal y 9.293,39 euros para costas a intereses que se fijan provisionalmente a favor de doña Rosa Marta González Matilla».
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.
  Decreto
  1.o  Se acuerda subsanar la error aritmético advertido en decreto de fecha 8 de octubre de 2013, ya que en lugar de decir:
  «Primero.  Por auto dictado en el día de hoy se ha acordado orden general de ejecución y despacho de la ejecución a instancias de doña Rosa Marta González Matilla y García Polo, contra la empresa demandada “Ingentia Ingenieros, Sociedad Anónima”, por un principal de 53.152,13 euros, más 8.504,34 euros presupuestados para intereses y costas provisionales.
  Segundo.  Por auto dictado en el día 24 de julio de 2012 se ha acordado orden general de ejecución y despacho de la ejecución a instancias de don Francisco J. Martín García contra la empresa demandada “Ingentia Ingenieros, Sociedad Anónima”, por 73.277,55 euros, más 11.724,41 euros presupuestados para intereses y costas provisionales».
  Debía decir:
  «Primero.  Por auto dictado en el día de hoy se ha acordado orden general de ejecución y despacho de la ejecución a instancias de doña Rosa Marta González Matilla y García Polo, contra la empresa demandada “Ingentia Ingenieros, Sociedad Anónima”, por un principal de 53.152,13 euros, más 8.504,34 euros presupuestados para intereses y costas provisionales a favor de doña Nuria García Polo, y por un importe de 58.083,73 euros de principal y 9.293,39 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente a favor de doña Rosa Marta González Matilla.
  Segundo..Por auto dictado en el día 24 de julio de 2012 se ha acordado orden general de ejecución y despacho de la ejecución a instancias de don Francisco J. Martín García, contra la empresa demandada “Ingentia Ingenieros, Sociedad Anónima”, por 73.277,55 euros, más 11.724,41 euros presupuestados para intereses y costas provisionales».
  Y en lugar de decir:
  «Dispongo:
  Primero..Proceder a la acumulación de la ejecución número 228 de 2012 a la ejecución número 196 de 2012 que se sigue contra el mismo deudor (número este último con el que se tramitarán en adelante) siguiéndose por un principal total de 126.429,68 euros de principal y 20.228,75 euros».
  Debía decir:
  «Primero.  Proceder a la acumulación de la ejecución número 228 de 2012 a la ejecución número 196 de 2012 que se sigue contra la misma deudora (número este último con el que se tramitarán en adelante), siguiéndose por un principal total de 184.513,41 euros de principal y 29.522,14 euros».
  2.o  No constando más bienes de la parte ejecutada “Ingentia Ingenieros, Sociedad Anónima”, susceptibles de embargo se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por plazo de diez días, al emparo de lo dispuesto en el artículo 276.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, a fin de que insten la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designen los bienes de la deudora de los que tenga constancia.
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este decreto.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ingentia Ingenieros, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.320/13)</texto>
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