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    <titulo>– Humanes de Madrid. Otros anuncios. Bajas padrón habitantes</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>HUMANES DE MADRID</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Bajas padrón habitantes 
  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la incoación de varios expedientes de ciudadanos, que habiéndose constatado que no viven actualmente en el domicilio donde están empadronados, se procede a la gestión de bajas en el padrón municipal de habitantes, según lo dispuesto por el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, estas no se han podido practicar.
  Dichos ciudadanos son:
  1.  Samir Chentouf.
  2.  Mohamed Mengit.
  3.  Hamdaoui El Mekki.
  4.  Nouredine El Mitioui.
  5.  Ismail Mimouni.
  6.  Mimoun Boushaba.
  7.  Khalid Bouhrich.
  8.  Mimoun Talbi.
  9.  Nourdin Tamrabet.
  10.  Mamadou Daouda Sow.
  11.  Sebastine Abu Adamu Uyigue.
  12.  Adriana Isabel Parra Panesso.
  13.  César Augusto Estupiñán Gómez.
  14.  César Andrés Estupiñán Parra.
  15.  José Abraham Estupiñán Parra.
  16.  Emeka Anthony Ikebue.
  17.  Ali Lamniy.
  18.  Abdelkarim Taibi.
  19.  Lioner Ehigie Odighzuwa Odighizuwa.
  20.  Josephine Ekuase.
  21.  Leona Osagumwenro Ekuase.
  22.  Marcelo Patricio Durán Bustos.
  23.  Vanessa Olivia Reyes Vargas.
  24.  Mohamed Talleh.
  25.  Omar El Yuosfi.
  Los correspondientes expedientes obran en el Ayuntamiento de Humanes de Madrid (Departamento Estadística, planta baja), ante el cual, a los interesados les asiste el derecho de manifestar si están o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen pertinentes, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, dichos expedientes se remitirán al Consejo de Empadronamiento del Instituto Nacional de Estadística para que dicte las oportunas resoluciones.
  En Humanes de Madrid, a 13 de junio de 2013..El alcalde, José Antonio Sánchez Rodríguez.
  (02/4.525/13)</texto>
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