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– Resolución de 9 de julio de 2013, de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se procede a la publicación de las Órdenes resolutorias de los recursos deducidos en expedientes sancionadores en materia de transportes</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA 
 
 7 
 RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2013, de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se procede a la publicación de las Órdenes resolutorias de los recursos deducidos en expedientes sancionadores en materia de transportes. 
  Por no haber sido posible practicar en el domicilio de sus destinatarios las notificaciones de las Órdenes que se relacionan en el Anexo I, resolutorias de los recursos deducidos en expedientes sancionadores en materia de transportes, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y a su exposición en el tablón de edictos en el respectivo Ayuntamiento, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre).
  En los casos en los que dichas Órdenes resuelvan recursos de alzada interpuestos en tiempo y forma ponen fin a la vía administrativa. En el resto de los supuestos, la firmeza en vía administrativa se produjo en los términos previstos en los artículos 109 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
  Contra todas ellas cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación.
  El importe de las sanciones, en su caso, deberá hacerse efectivo dentro del plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden, en las correspondientes cuentas corrientes de las entidades colaboradoras, indicando el número de expediente y la identificación del interesado. En caso contrario se procederá al cobro por el procedimiento de apremio, con arreglo a lo dispuesto en la Ley.
  Lo que se hace público para general conocimiento.
  CLAVES DE IDENTIFICACIÓN
  (1)  Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de julio).
  (2)  Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre. Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (“Boletín Oficial del Estado” de 8 de octubre).
  Madrid, a 9 de julio de 2013..La Secretaria General Técnica, Matilde García Duarte.
  ANEXO I
  Sancionado. . Último domicilio conocido. . Expediente. . Infracción. . Preceptos infringidos. . Fecha de la resolución del recurso. . Sentido de la resolución del recurso. . Sanción
  Auntzerreka Garratoak, Sociedad Cooperativa. . Kataide, 25, 20500 Arrasate (Guipúzcoa). . 108652.9/11. . Realizar una conducción diaria de diez horas y veinticinco minutos sobre diez horas. . Artículos 142.3 y 143.1.c) de la LOTT (1) y 199.3 y 201.1.c) de su Reglamento (2), en conexión con el artículo 7 del Reglamento CEE 561/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo. . 11 de marzo de 2013. . Desestimar. . 301 euros.
  Translujosa, Sociedad Limitada. . Carmelo Torre, 21, primero C, 48970 Basauri (Vizcaya). . 48232.9/12. . Realizar un transporte público de mercancías en vehículo pesado careciendo de autorización de transporte. . Artículos 47, 90, 140.1.9 y 143.1.i) de la LOTT (1) y 41, 109, 197.1.9 y 201.1.i) de su Reglamento (2). . 6 de mayo de 2013. . Desestimar. . 4.601 euros.
  Toral and Wonemburger, Sociedad Limitada. . Doctor Rico, 6, escalera 4, quinto B, 03005 Alicante. . 61941.9/12. . Realizar un transporte público de mercancías careciendo de autorización de transporte. . Artículos 47, 90, 141.31, en relación con el artículo 140.1.9 y 143.1.f) de la LOTT (1) y 41, 109, 180 y 197.1.9 y 201.1.f) de su Reglamento (2). . 6 de mayo de 2013. . Estimar. . 0 euros.
  Toral and Wonemburger, Sociedad Limitada. . Doctor Rico, 6 escalera 4, quinto B, 03005 Alicante. . 109583.9/12. . Realizar la actividad de arrendamiento con conductor careciendo de autorización. . Artículos 47, 90, 141.31, en relación con el artículo 140.1.9 y 143.1.f) de la LOTT (1) y 41, 109, 180 y 197.1.9 y 201.1.f) de su Reglamento (2). . 6 de mayo de 2013. . Desestimar. . 1.501 euros.
  Toral and Wonemburger, Sociedad Limitada. . Doctor Rico, 6 escalera 4, quinto B, 03005 Alicante. . 128735.9/12. . Realizar la actividad de arrendamiento con conductor, careciendo de autorización. . Artículos 47, 90, 141.31, en relación con el artículo 140.1.9 y 143.1.f) de la LOTT (1) y 41, 109, 180 y 197.1.9 y 201.1.f) de su Reglamento (2). . 23 de mayo de 2013. . Desestimar. . 1.501 euros.
  Garpri Logística, Sociedad Limitada. . Castillo de Moratalla, sin número, 30564 Lorquí (Murcia). . 44834.9/12. . Circular un conductor de nacionalidad no perteneciente a la Unión Europea careciendo del correspondiente certificado de conductor. . Artículos 141.19 y 143.1.e) de la LOTT (1) y 198.19 y 201.1.e) de su Reglamento (2), en relación con el artículo 1 de la Orden del Ministerio de Fomento 3399/2002, de 20 de diciembre, por la que se establece un certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte por conductores de terceros países no pertenecientes a la Unión Europea. . 18 de abril de 2013. . Estimar en parte. . 201 euros.
  S. Quirós C. Moral Dos, Sociedad Limitada. . Aniceto Marinas, 5, 05230 Las Navas del Marqués (Ávila). . 3102.9/11. . Realizar transporte de mercancías peligrosas careciendo de consejero de seguridad o no encontrarse habilitado para la actividad o materia de que se trata. . Artículos 140.25.21 y 143.1.g) de la LOTT (1) y 197.25.21 y 201.1.g) de su Reglamento (2), en relación con el artículo 1 del Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable, así como con el anejo A, capítulo 1.8, apartado 3 (1.8.3) del Acuerdo europeo relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera. . 9 de mayo de 2013. . Estimar. . 0 euros.
  Evicar Madrid, Sociedad Anónima. . Polígono industrial “Miralcampo Arriba”, parcela 19, 19200 Azuqueca de Henares (Guadalajara). . 47765.9/10. . Circular el conductor no llevando en el tacógrafo la hoja de registro durante la prestación de servicio. . Artículos 140.22 y 143.1.h) de la LOTT (1) y 197.22 y 201.1.h) de su Reglamento (2), en conexión con el artículo 15.2 del Reglamento CEE 3821/1985, del Consejo, de 20 de diciembre. . 27 de febrero de 2013. . Estimar. . 0 euros.
  Julián López López. . Almíbar, 2, primero B, 45291 Cobeja (Toledo). . 40562.9/12. . Realizar un transporte privado de mercancías con un exceso de peso del 11,42 por 100. . Artículos 55, 142.2 y 143.1.c) de la LOTT (1) y 199.2 y 201.1.c) de su Reglamento (2). . 17 de abril de 2013. . Desestimar. . 351 euros.
  Alejandro Rodríguez Carrasco. . Oceanía, 10, chalé, 45340 Ontígola (Toledo). . 35140.9/12. . Realizar un transporte público de mercancías con un exceso de peso del 8,81 por 100. . Artículos 55, 141.4 y 143.1.f) de la LOTT (1) y 198.4 y 201.1.f) de su Reglamento (2). . 19 de abril de 2013. . Desestimar. . 1.611 euros.
  Qaisar Aslam. . Fuego, 23, 45100 Sonseca (Toledo). . 94262.9/12. . Realizar un transporte público de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización de transporte. . Artículos 47, 90, 141.31, en relación con el 140.1.9 y 143.1.f) de la LOTT (1) y 41, 109, 198.31, en relación con el artículo 197.1.9 y 201.1.f) de su Reglamento (2). . 30 de mayo de 2013. . Desestimar. . 1.501 euros.
  A. J. Navarro Trans, Sociedad Limitada. . Topacio, 27, 45220 Yeles (Toledo). . 10705.9/12. . Realizar una conducción de cinco horas y once minutos. Conducción inferior al 20 por 100 permitido. . Artículos 142.3, y 143.1.c) de la LOTT (1) y 199.3 y 201.1.c) de su Reglamento (2), conexión con el artículo 7 del Reglamento CE 561/2006, del Parlamento y del Consejo, de 15 de marzo. . 14 de marzo de 2013. . Inadmitir como recurso extraordinario de revisión. . 301 euros.
  Alimentación Souani, Sociedad Limitada. . Paseo de la Misericordia, 55, P. 8 tercera, 43205 Reus (Tarragona). . 54392.9/12. . Realizar un transporte público de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización de transportes. . Artículos 47, 90, 141.31 en relación con el 140.1.9 y 143.1.f) de la LOTT (1) y 41, 109, 198.31 en relación con el artículo 197.1.9 y 201.1.f) de su Reglamento (2). . 5 de junio de 2013. . Desestimar. . 1.501 euros.
  Alimentación Souani, Sociedad Limitada. . Paseo de la Misericordia, 55, P. 8, 43205 Reus (Tarragona). . 54394.9/12. . Circular el conductor de nacionalidad no perteneciente a la Unión Europea en vehículo dedicado a la realización de un transporte sometido a obtención de autorización administrativa, careciendo del correspondiente certificado de conductor. . Artículos 141.19 y 143.1.e) de la LOTT (1) y 198.19 y 201.1.e) de su Reglamento (2), en relación con el artículo 1 de la Orden del Ministerio de Fomento 3399/2002, de 20 de diciembre, por la que se establece un certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte por conductores de terceros países no pertenecientes a la Unión Europea. . 26 de abril de 2013. . Desestimar. . 1.001 euros.
  (01/2.201/13)</texto>
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