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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 7</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/08/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Bilbao número 7. Despidos 150 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 7 
 
 196 
 Despidos 150 de 2013 
  EDICTO
  Don Francisco Lurueña Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 de Bilbao.
  Hago saber: Que en autos de despidos número 150 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Ana Aguirre Arrese, contra don Juan Carlos Aranda García, don Antonio José Arévalo Pérez, don Jesús Arias Urbanos, “Áridos Uniland, Sociedad Anónima”, “Áridos y Canteras del Norte, Sociedad Anónima”, “Áridos y Premezclados, Sociedad Anónima Unipersonal” (ARPRESA), “Arriberri, Sociedad Limitada”, “Atracem, Sociedad Anónima”, don Joaquín Barrera Vázquez, don Juan Carlos Barrero Mancha, don Jesús Barrero Márquez, don Bartolomé Bernat Coma, don Rafael Cabanillas García, don Antonio Camacho Gutiérrez, don Domingo Campos Blancas, “Canteras de Alaiz, Sociedad Anónima”, don Juan Caracuel Rosado, don Joan Casals Brich, don José Antonio Cuesta Martín, don Cedric Diego Palma, don Rafael Durán Llorente, don Jordi Farigola Mestre, Fondo de Garantía Salarial, don Fernando García Aguirre, don Joaquín García Rufino, “Grupo Cementos Portland Valderrivas”, don José Antoni Guijarro Sabater, don Daniel Hens Martínez, “Hormigones Premezclados del Norte, Sociedad Anónima”, “Hormigones Reinosa, Sociedad Anónima Unipersonal”, “Hormigones Uniland, Sociedad Limitada”, “Hormigones y Morteros Preparados, Sociedad Anónima Unipersonal” (HYMPSA), don Alejandro Jiménez Flores, don Cristóbal López Aguilar, don Miguel López Diánez, don Francisco López Martínez, don Jesús Mingo Matallanes, don Fernando Montoya García, “Morteros Bizkor, Sociedad Limitada”, “Morteros Valderrivas, Sociedad Limitada”, don Demetrio Muñoz Ruiz, don Ángel Navarro Martínez, don Juan José Olmedo Pérez, don Javier Olmo Fernández, don Albert Papiol García, “Prebesec Mallorca, Sociedad Anónima”, “Prebesec, Sociedad Anónima”, don Alfonso Puente Miguel, don Juan Rodríguez Díez, don Jordi Roig Fabregat, don Francisco Romero García, don Álex Salla Cañada, don Gerónimo Sánchez Lozano, don Manuel G. Santos Díaz, don David Selles Sánchez, “Transportes Gorozteta, Sociedad Limitada” y don José Antonio Zúñiga Pascual, sobre despido, se ha dictado la siguiente:
  CÉDULA DE CITACIÓN
  Autoridad que ordena citar: secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 de Bilbao.
  Asunto en que se acuerda: el anteriormente referenciado.
  Fecha de la resolución que lo acuerda: 12 de junio de 2013.
  Persona a la que se cita: don Juan Carlos Aranda García, don Jesús Arias Urbanos, don Jesús Barrero Márquez, don Domingo Campos Blancas, don Joan Casals Brich, don Alejandro Jiménez Flores, don Fernando Montoya García, don Ángel Navarro Martínez, don Juan José Olmedo Pérez, don Francisco Romero García y don Manuel G. Santos Díaz, en concepto de parte demandada.
  Objeto de la citación: asistir en el concepto indicado a la celebración del acto de conciliación y, en su caso, juicio.
  Lugar, día y hora en que debe comparecer: para el acto de conciliación debe comparecer el día 27 de enero de 2014, a las nueve y quince horas, en la Secretaría de este Juzgado, planta sexta del Palacio de Justicia.
  De no alcanzar avenencia en dicho acto, deberá acudir a las nueve y treinta horas, Sala de vistas número 11, calle Barroeta Aldamar, número 10, primera planta, al objeto de celebrar el correspondiente juicio.
  Prevenciones legales
  1.  Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  2.  Debe concurrid al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.3 de la Ley de la Jurisdicción Social), que tratándose de documental deberá estar adecuadamente presentada, ordenada y numerada (artículo 94 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  3.  Las partes podrán formalizar conciliación en evitación del juicio por medio de comparecencia ante la Oficina Judicial, sin esperar a la fecha del señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Social, sin que ello dé lugar a la suspensión, salvo que de común acuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la mediación (artículo 82.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  4.  Debe presentar los documentos que estén en su poder y hayan sido propuestos por la parte demandante y admitidos por el Juzgado; si no los presentare sin causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria, en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  5.  Se le hace saber que la parte demandante comparecerá en el juicio asistida de letrado, Si usted también se propone comparecer con alguno de dichos profesionales, debe participarlo al Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes al de la citación. De no hacerlo, se presume que renuncia al derecho de valerse en el acto del juicio de dichos profesionales (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  6.  Por ser más de diez el número de demandados, deberán, en el plazo de cuatro días hábiles, designar un representante común con el que entender las sucesivas diligencias, pudiendo recaer dicha designación en abogado, procurador, graduado social colegiado, uno de los demandados o un sindicato (artículo 19.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  La representación podrá conferirse mediante poder otorgado por comparecencia ante el secretario judicial, por escritura pública o mediante comparecencia ante el Servicio de Mediación y Arbitraje.
  7.  En el primer escrito que presente o comparecencia que realice ante este Juzgado, deberá señalar un domicilio y datos completos par la práctica de actos de comunicación (artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  El dominio y los datos de localización que facilite para la práctica de los actos de comunicación surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no facilite otros datos alternativos, siendo su deber mantenerlos actualizados. Asimismo, debe comunicar a esta Oficina Judicial los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares siempre que estos se utilicen como instrumentos de comunicación con el Tribunal (artículo 53.2, párrafo segundo, de la Ley de la Jurisdicción Social).
  8.  La representación de persona física o entidades sociales deberá acreditarse por medio de poder notarial o conferirse por comparecencia ante secretario judicial.
  9.  Debe comparecer con documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia.
  En Bilbao (Bizkaia), a 12 de junio de 2013..El secretario judicial (firmado).
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación y citación a don Domingo Campos Blancas, don Fernando Montoya García, don Juan José Olmedo Pérez, don Francisco Romero García y don Manuel G. Santos Díaz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Bilbao (Bizkaia), a 23 de julio de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/25.292/13)</texto>
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