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    <fecha_publicacion>2013/08/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 27. Procedimiento ordinario 139 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>183</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27 
 
 61 
 Procedimiento ordinario 139 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 139 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Beatriz Pau Areque, don Ionut Andret Stefanica y doña Julia Araque Rodríguez, contra la empresa “Gerency Management, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Ionut Andret Stefanica, doña Beatriz Pau Araque y doña Julia Araque Rodríguez, contra “Gerency Management, Sociedad Limitada”, debo condenar y cono a la empresa demandada a que abone a los actores las cantidades que para cada uno de ellos se dirán, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores:
  A don Ionut Andret Stefanica: 5.724,59 euros.
  A doña Beatriz Pau Araque: 4.311,32 euros.
  A doña Julia Araque Rodríguez: 12.435,86 euros.
  Más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, salvo de las cantidades siguientes al tratarse de indemnización por despido objetivo:
  A don Ionut Andret Stefanica: 859,14 euros.
  A doña Beatriz Pau Araque: 4.016,87 euros.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma la sentencia a la empresa “Gerency Management, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de junio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.799/13)</texto>
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