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    <identificador>BOCM-20130807-94</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/08/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 51. Procedimiento 1.239 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>186</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51 
 
 94 
 Procedimiento 1.239 de 2011 
  EDICTO
  Doña Eva María de la Gala González, secretaria del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de juicio verbal número 1.239 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
  La señora doña H. Almudena Maricalva Arranz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.239 de 2011, a instancias de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, representada por procurador, contra don Luis Fernando Quito Solís, sobre reclamación de cantidad, en los que ha recaído la presente resolución en base al siguiente
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por la procuradora señora Martín Rico Sanz, en nombre y representación de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, contra don Luis Fernando Quito Solís, debo acordar y acuerdo:
  1.o  Declarar resuelto el contrato de suministro de gas existente entre las partes, condenando al demandado a estar y pasar por dicha resolución.
  2.o  Establecer la obligación del demandado de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora, acordando, en su defecto, la entrada de la comisión judicial, asistida de la parte, a tal fin en el día y hora que al efecto se señale por dicha comisión.
  3.o  Condenar al demandado al pago total de 1.331,13 euros de principal, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la demanda y hasta su completo pago, y todo ello sin hacer expresa imposición de costas.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Luis Fernando Quito Solís se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 3 de julio de 2013..La secretaria (firmado).
  (02/5.473/13)</texto>
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