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    <titulo>– Boadilla del Monte. Otros anuncios. Convocatoria juez de paz titular</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Boadilla del Monte</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Convocatoria juez de paz titular 
  Próximo a finalizar el mandato del actual juez de paz titular de este municipio, esta Alcaldía, mediante resolución del día de la fecha y a instancias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dispuesto la convocatoria pública para cubrir dicha vacante de juez de paz titular de este municipio, que se ajustará a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y artículos 5 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, aprobado por acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995, y en las siguientes bases:
  Primera..Los/as vecinos/as de este municipio que estén interesados/as en su nombramiento para el desempeño del citado cargo, que reúnan las condiciones legalmente establecidas y no incurran en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentarán en la Secretaría de este Ayuntamiento, previo registro en el Registro General, sito en la calle José Antonio, número 42, Boadilla del Monte (Madrid), solicitud por escrito acompañada de los siguientes documentos:
  a)	Fotocopia del documento nacional de identidad.
  b)	Certificado negativo de antecedentes penales.
  c)	Declaración responsable en la que consten los siguientes extremos:
  1.	Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.
  2.	Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
  3.	Que no ha sido condenado por delito doloso o, en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación.
  4.	Que no está procesado o inculpado por delito doloso.
  5.	Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.
  Plazo: el plazo de presentación de solicitudes es el comprendido entre el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el día 16 de septiembre, inclusive, del corriente año 2013.
  Segunda..La presente convocatoria se hará pública mediante edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los tablones de anuncios de este Ayuntamiento, del Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Móstoles y en el del Juzgado de paz de esta localidad.
  Tercera..Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido se someterán a la consideración del Pleno de este Ayuntamiento que procederá, mediante acuerdo adoptado por mayoría absoluta, a la elección, de entre las interesadas, de la persona idónea para el desempeño del puesto que se convoca.
  Boadilla del Monte, a 29 de julio de 2013..El alcalde-presidente, Antonio González Terol.
  (03/26.014/13)</texto>
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