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    <identificador>BOCM-20130812-91</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/08/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 92. Juicio verbal 1.322 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>190</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92 
 
 91 
 Juicio verbal 1.322 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento de juicio verbal número 1.322 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 8 de mayo de 2013..Vistos por la ilustrísima señora doña María del Mar Ilundain Minondo, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 92 de Madrid, los autos de juicio verbal número 1.322 de 2012, promovidos por el Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el abogado del Estado, contra la entidad aseguradora “Mutua MMT Seguros, Sociedad Mutua de Seguros a Prima Fija”, representada por la procuradora doña María Gemma Fernández Saavedra, con la dirección del letrado don Juan María Peña Lasso, y contra don Robert Camilo Risco Blas.
  Fallo
  Que estimo la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros ycondeno a don Robert Camilo Risco Blas a pagar la cantidad de 5.319,28,46 euros, más los intereses legales desde la presentación de la demanda, absolviendo a “Mutua MMT”.
  Condenando a don Robert Camilo Risco Blas al pago de las costas, salvo las causadas por la aseguradora absuelta, que se imponen al Consorcio de Compensación de Seguros.
  Notifíquese esta resolución a las partes y hágase saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días para su notificación, por el trámite previsto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Robert Camilo Risco Blas, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 21 de junio de 2013..El secretario (firmado).
  (02/5.496/13)</texto>
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