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    <identificador>BOCM-20130817-58</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/08/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 143 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>195</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 
 58 
 Ejecución 143 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 143 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilio Serrano Jaroso y don Miguel Romaris Gómez, frente a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, “Jogasa Construcciones e Instalaciones, Sociedad Limitada”, y “Obras y Proyectos Roser, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar “Jogasa Construcciones e Instalaciones, Sociedad Limitada”, “Obras y Proyectos Roser, Sociedad Limitada”, y “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de:
  A don Emilio Serrano Jaroso: la cantidad de 28.642,14 euros.
  A don Miguel Romaris Gómez: la cantidad de 28.216,14 euros.
  Insolvencia que en todo caso tendrá carácter provisional.
  b)  Una vez firme la presente resolución:
  Expídanse los correspondientes testimonios para la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Jogasa Construcciones e Instalaciones, Sociedad Limitada”, “Obras y Proyectos Roser, Sociedad Limitada”, y “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.628/13)</texto>
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