<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130817-79</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/08/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Procedimiento general 1.304 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>195</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2013-08-17-195130820130100</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/17/BOCM-20130817-79.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/17/BOCM-20130817-79.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/17/BOCM-20130817-79.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/08/17/BOCM-20130817-79.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 79 
 Procedimiento general 1.304 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.304 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julián Corrales Alberquerque, frente a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Julián Corrales Alberquerque, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora condenando a la empresa demandada a que a su opción en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, readmita al trabajador o le indemnice en la suma de 23.941,44 euros, debiendo también abonar la suma de 3.376,93 euros, más el interés moratorio legalmente establecido para esta última cantidad.
  El Fondo de Garantía Salarial deberá estar y pasar por la presente declaración.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la cuenta corriente número 0030/1846/42/0005001274, en la calle Princesa, número 3, primera planta, haciendo constar en el ingreso el número de expediente 2517000000130412.
  Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento 2517000000130412.
  Así por ésta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de julio de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/25.598/13)</texto>
</documento>