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    <fecha_publicacion>2013/08/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Procedimiento 969 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>198</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 
 93 
 Procedimiento 969 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 969 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Gustavo Llanga Guasca, frente a “Nowell Tres Ibérica”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 18 de julio de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Gustavo Llanga Guasca, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, y en consecuencia, condeno a la empresa, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone al actor la indemnización cifrada en 2.167,28 euros, calculada a razón de cuarenta y cinco días por año de servicio desde la fecha de ingreso en la empresa hasta el día 12 de febrero de 2012 y a razón de treinta y tres días desde dicha fecha hasta la de la presente sentencia, en ambos casos prorrateados por meses los períodos de prestación de servicios inferiores al año, con aplicación de los límites legalmente establecidos.
  Condenándole asimismo a que abone al trabajador la cantidad de 1.920,56 euros por los conceptos expresados, incrementados los de naturaleza salarial en el 10 por 100 de interés por mora.
  Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nowell Tres Ibérica”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.223/13)</texto>
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