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    <identificador>BOCM-20130829-64</identificador>
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    <fecha_publicacion>2013/08/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento ordinario 63 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>205</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 
 64 
 Procedimiento ordinario 63 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Victoria Delgado Robledo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 63 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Janeth Piedad Quintero Suárez, frente a “Mys del Prado, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Janeth Piedad Quintero Suárez, frente a la empresa “Mys del Prado, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada al abono a la actora de la suma de 4.167,30 euros en concepto de cantidad bruta reclamada. Asimismo, condeno a la empresa demandada al abono del incremento del 10 por 100 de interés por mora sobre la cantidad objeto de condena.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Janeth Piedad Quintero Suárez, frente a la empresa “Mys del Prado, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada al abono a la actora de la suma de 4.167,30 euros en concepto de cantidad bruta reclamada. Asimismo, condeno a la empresa demandada al abono del incremento del 10 por 100 de interés por mora sobre la cantidad objeto de condena.
  Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en los plazos y forma establecidos en los artículos 192 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mys del Prado, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.890/13)</texto>
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