<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130927-97</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/09/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Leganés número 2. Juicio de faltas 51 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>230</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2013-09-27-230190920130077</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/09/27/BOCM-20130927-97.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/09/27/BOCM-20130927-97.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/09/27/BOCM-20130927-97.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/09/27/BOCM-20130927-97.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 2 
 
 97 
 Juicio de faltas 51 de 2013 
  EDICTO
  Doña Marta Estebaranz Torrijos, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 51 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Leganés, a 29 de mayo de 2013..Visto en juicio oral y público, por la ilustrísima señora doña Mónica Sánchez Sánchez, magistrada titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Leganés (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas número 51 de 2013, por una presunta falta de hurto, y en los que han sido partes: como denunciados, don Antonio Montoya Montoya, doña Begoña Serrano Jiménez y doña Encarnación Muñoz Vargas; como denunciante, don Juan José Sánchez Gómez; así como el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública, y como perjudicada, la entidad comercial “Toyusrus”.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Antonio Montoya Montoya, a doña Begoña Serrano Jiménez y a doña Encarnación Muñoz Vargas como autores de una falta de hurto a la pena para cada uno de ellos de un mes de multa, a razón de una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de privación de libertad o de trabajos en beneficio de la comunidad, y a que abonen solidariamente al representante legal de la entidad comercial “Toyusrus”, en concepto de responsabilidad civil, la suma de 38,98 euros, así como al abono de las costas procesales causadas, procediéndose, una vez firme esta resolución, a su inmediata ejecución.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días contar desde la notificación de la presente.
  Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Antonio Montoya Montoya y doña Begoña Serrano Jiménez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 26 de agosto de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/27.958/13)</texto>
</documento>