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    <fecha_publicacion>2013/09/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Ávila número 3. Juicio de faltas 323 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>230</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ÁVILA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ÁVILA NÚMERO 3 
 
 99 
 Juicio de faltas 323 de 2009 
  EDICTO
  Doña Covadonga Medina Colunga, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Ávila y su partido.
  Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se sigue juicio de faltas número 323 de 2009, por hurto, siendo denunciados don Sandu Constantin y don Stoian Catalin, cuyo último domicilio conocido era en la calle Puerto de Maspalomas, número 6, segundo 3, Madrid, encontrándose en la actualidad en paradero desconocido. Y en fecha 1 de octubre de 2009 se dictó sentencia, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:
  Fallo
  Condeno a doña Marian Constantin, a don Sandu Constantin y a don Stoian Catalin, como autores de una falta de hurto del artículo 623, apartado primero, del Código Penal, a la pena para cada uno de ellos de dos meses multa a razón de 8 euros cada día y, por tanto, a la pena de multa para cada uno de ellos de 480 euros, así como al pago de las costas procesales.
  Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de la última notificación ante la Audiencia Provincial de Ávila.
  Por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación en forma a don Sandu Constantin y a don Stoian Catalin, expido la presente.
  En Ávila, a 29 de agosto de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.916/13)</texto>
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