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    <identificador>BOCM-20131001-172</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/10/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Ejecución 170 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>233</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 
 172 
 Ejecución 170 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 170 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Baeza Trujillo, frente a “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, “Sequor Seguridad, Sociedad Anónima”, y “Terral Wind, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Auto
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 4 de junio de 2013 a favor de la parte ejecutante doña María José Baeza Trujillo, frente a las demandadas “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y “Terral Wind, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 3.681,23 euros, más 221 euros de intereses provisionales y 368 euros de costas, calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  No ha lugar a despachar ejecución contra “Sequor Seguridad, Sociedad Anónima”, por encontrarse dicha entidad ejecutada en situación de concurso en el Juzgado de lo mercantil número 9 de Barcelona, procedimiento concursal número 49 de 2013.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2806/0000/64/0170/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Pablo Aramendi Sánchez.
  Decreto
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba de “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y “Terral Wind, Sociedad Limitada”, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional de dichas empresas en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2806/0000/64/0170/13.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial, Teresa Domínguez Velasco.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, “Terral Wind, Sociedad Limitada”, y “Sequor Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 31 de julio de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.375/13)</texto>
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