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    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 308 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>236</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 
 125 
 Ejecución 308 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 308 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos de la Guardia Elizaga, frente a “Asesores en Planificación Urbana, Sociedad Anónima”, “Avit Patrimonios y Servicios Generales, Sociedad Limitada”, “Casa Palacio Atocha 34, Sociedad Anónima”, “Corporación Vars de Actividades Metropolitanas, Sociedad Limitada”, “Fuentetaja, Sociedad Anónima”, “General Elorza 38, Sociedad Anónima”, “Red de Comercio Directo, Sociedad Limitada”, y “Valdecomunidades, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de fecha 3 de septiembre de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Se acuerda dejar en suspenso la ejecución despachada con respecto a las entidades ejecutadas “Asesores en Planificación Urbana, Sociedad Anónima”, “Avit Patrimonios y Servicios Generales, Sociedad Limitada”, “General Elorza 38, Sociedad Anónima”, y “Casa Palacio Atocha 34, Sociedad Anónima”, por encontrarse las mismas en situación de concurso de acreedores, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los créditos declarados en la sentencia recaída, a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el magistrado-juez del concurso (Juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid, autos números 790, 732 y 407 de 2012), continuando la presente ejecución respecto a la ejecutada “Corporación Vars de Actividades Metropolitanas, Sociedad Limitada”.
  Asimismo, se acuerda el alza de los embargos trabados en la causa de bienes propiedad de “Asesores en Planificación Urbana, Sociedad Anónima”, “Avit Patrimonios y Servicios Generales, Sociedad Limitada”, “General Elorza 38, Sociedad Anónima”, y “Casa Palacio Atocha 34, Sociedad Anónima”, librándose los oportunos oficios para su efectividad.
  Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, así como del auto despachando ejecución y de la presente resolución.
  Notifíquese la presente resolución al administrador concursal y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Corporación Vars de Actividades Metropolitanas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de septiembre de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.080/13)</texto>
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